Exposición colectiva de Nuria Vidal - 4 miradas October 1, 2008

4 miradas - carlos guasch - angel muriel - abel ventoso - nuria vidal

Del 23 Septiembre al 18 Octubre 08 en la Galería Santiago Echeverria en Castello 120 Madrid

Recordar que Nuria Vidal fue una de las artistas seleccionadas en el I Concurso artegory.com

Algunas de las obras expuestas por Nuria:
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Posted by artegory | Comments(0) Modified: October 1, 2008 | Topics: Artistas | Exposiciones
Impuestos y fiscalidad en la venta de una obra de arte September 22, 2008

Mediante este post vamos a tratar de explicar cómo vender una obra de arte creada por el artista a un comprador sea quien sea cumpliendo con la fiscalidad vigente.

PRIMER EJEMPLO (si no incluiste el IVA en el precio)
Un artista vende a un comprador, ya sea marchante, galería etc. una obra de arte. Precio de la obra 8.000 € sin IVA.

  • Artista:
    Debe emitir una factura incluyendo el 7% de IVA al precio de la obra.
  • Fórmula artista:
    Precio de venta sin IVA * 1,07 = Precio de venta con IVA
  • Ejemplo artista:
    8.000 € * 1,07 = 8.560 €

SEGUNDO EJEMPLO(si no eres el autor de la obra, sino el propietario)
Un día le compraste a un artista un cuadro y ahora ves que se ha revalorizado y deseas venderlo.
En este caso no existe IVA sino el Impuesto sobre transmisiones patrimoniales ITP

TERCER EJEMPLO(si no incluiste el IVA en el precio)
Una galería, marchante etc. actúa de intermediario entre artista y comprador por lo que cobra una comisión del 20%. El precio de la obra en cuestión es de 8.000 € sin IVA.
  • Artista:
    Debe emitir una factura incluyendo el 7% de IVA al precio de la obra.
  • Galería:
    Debe emitir una factura al artista o comprador (suele ser al artista) incluyendo el 16% de IVA sobre la comisión.
  • Fórmula artista:
    Precio de venta sin IVA * 1,07 = Precio de venta con IVA
  • Ejemplo artista:
    8.000 € * 1,07 = 8.560 €
  • Fórmula galerista:
    a) Precio de venta sin IVA * % comisión = comisión sin IVA
    b) comisión sin IVA * 16% = comisión con IVA
  • Ejemplo galerista:
    a) 8.000 € * 0,2 = 1.600 €
    b) 1.600 * 1,16 = 1.856 €
  • Ingresos artista:
    8.560 € (Precio de venta con IVA) - 560 € (IVA repercutido = 8.000 * 1.07) - 1.856 € (comisiones) + 256 (IVA deducido = 1.600 * 0,16) = 6.400 €.
  • Ingresos galería:
    1.856 € (factura) - 256 € (IVA repercutido = 1.600 * 0,16) = 1.600 €
  • Ingresos hacienda:
    Gana 560 € (Teniendo en cuenta sólo el IVA)

CUARTO EJEMPLO(Si el precio de tu obra es precio final, es decir, IVA inlcuido) - Asi esta establecido en los precios de Artegory
Una galería, marchante etc. actúa de intermediario entre artista y comprador por lo que cobra una comisión del 20%. El precio de la obra en cuestión es de 8.000 € incluido IVA.
  • Artista:
    Debe emitir una factura restando el 7% de IVA al precio de la obra.
  • Galería:
    Debe emitir una factura al artista o comprador (suele ser al artista) incluyendo el 16% de IVA sobre la comisión.
  • Fórmula artista:
    Precio de venta con IVA / 1,07 = Precio de venta sin IVA
  • Ejemplo Artista:
    8.000 € / 1,07 = 7.476 €
  • Fórmula galerista:
    a) Precio de venta sin IVA * % comisión = comisión sin IVA
    b) comisión sin IVA * 16% = comisión con IVA
  • Ejemplo galerista:
    a) 7.476 € * 0,2 = 1.495 €
    b) 1.495 * 1,16 = 1.734 €
  • Ingresos artista:
    8.000 € (Precio de venta con IVA) - 523 € (IVA repercutido = 7.476 € * 0,07) - 1.734 € (comisión con IVA) + 239 (IVA deducido = 1.495 * 0.16) = 5981 €.
  • Ingresos galería:
    1.734 € (Precio de venta con IVA) - 239 € (IVA repercutido = 1.495 * 0.16) = 1.495 €
  • Ingresos hacienda:
    523 € (Teniendo en cuenta sólo el IVA)

Declaración artista
La cuota debe ser ingresada por el artista mediante el modelo 309 (instrucciones | descarga pdf)(declaración no periódica). En el caso de superar los 3.000,06 € en esa misma transacción o con un mismo cliente, debe presentar el modelo 347 (información | instalación).

Declaración del galerista, marchante etc.
Diferenciamos personalidad física o jurídica.
Dentro de la juridica estarían las galerías, es decir estan establecidas como sociedades (S.A, S.L, S.L.N.E etc.) y por tanto sujetas al impuesto de sociedades que generalmente tributan al 30% y en el caso de las pymes al 25%.
Por otro lado la personalidad física donde estarían por ejemplo los marchantes que tributan por el Impuesto sobre las personas físicas (IRPF), los tipos de gravamen varían entre el 15% y 45%.

IVA Repercutido e IVA deducible
Tanto en el tercer y cuarto ejemplo mencionado anteriormente, para el artista el IVA cobrado por la galería es IVA deducible mientras que el que cobras al cliente es repercutido.



Artículos del código fiscal relacionados con el tema: (Datos vigentes para el ejercicio 2007)

######### IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO #########

TÍTULO VII. EL TIPO IMPOSITIVO.(Leer artículo completo)

Artículo 90 Tipo impositivo general.
(No afecta)

Artículo 91 Tipos impositivos reducidos.
Uno. Se aplicará el tipo del 7 % a las operaciones siguientes:

1. (No afecta)

2. (No afecta)

3. (No afecta)

4. (Ver art 136) Las importaciones de objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, cualquiera que sea el importador de los mismos, y las entregas de objetos de arte realizadas por las siguientes personas:

a) Por sus autores o derecho-habientes.

b) Por empresarios o profesionales distintos de los revendedores de objetos de arte a que se refiere el artículo 136 de esta Ley, cuando tengan derecho a deducir íntegramente el Impuesto soportado por repercusión directa o satisfecho en la adquisición o importación del mismo bien.

5. Las adquisiciones intracomunitarias de objetos de arte cuando el proveedor de los mismos sea cualquiera de las personas a que se refieren los números 1 y 2 del número 4 precedente.



TÍTULO IX. REGÍMENES ESPECIALES. (Leer artículo completo)
CAPÍTULO IV. RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS BIENES USADOS, OBJETOS DE ARTE, ANTIGÜEDADES Y OBJETOS DE COLECCIÓN.

Artículo 135. Régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección. [/b]

1. Los sujetos pasivos revendedores de bienes usados o de bienes muebles que tengan la consideración de objetos de arte, antigüedades u objetos de colección aplicarán el régimen especial regulado en este Capítulo a las siguientes entregas de bienes:

1. Entregas de bienes usados, objetos de arte, antigüedades u objetos de colección adquiridos por el revendedor a:

a) Una persona que no tenga la condición de empresario o profesional.

b) Un empresario o profesional que se beneficie del régimen de franquicia del Impuesto en el Estado miembro de inicio de la expedición o transporte del bien, siempre que dicho bien tuviese para el referido empresario o profesional la consideración de bien de inversión.

c) Un empresario o profesional en virtud de una entrega exenta del Impuesto, por aplicación de lo dispuesto en el artículo 20.1 números 24 ó 25 de esta Ley.

d) Otro sujeto pasivo revendedor que haya aplicado a su entrega el régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección.

2. Entregas de objetos de arte, antigüedades u objetos de colección que hayan sido importados por el propio sujeto pasivo revendedor.

3. Entregas de objetos de arte adquiridos a empresarios o profesionales en virtud de las operaciones a las que haya sido de aplicación el tipo impositivo reducido establecido en el artículo 91.1, números 4 y 5 de esta Ley.

2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, los sujetos pasivos revendedores podrán aplicar a cualquiera de las operaciones enumeradas en el mismo el régimen general del impuesto, en cuyo caso tendrán derecho a deducir las cuotas del impuesto soportadas o satisfechas en la adquisición o importación de los bienes objeto de reventa, con sujeción a las reglas establecidas en el Título VIII de esta Ley.

3. (No afecta)

Comentario aclaratorio del artículo 135

Artículo 136 del impuesto sobre el valor añadido. Concepto de bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección y de sujeto pasivo revendedor.

1. (No afecta)

2. Objetos de arte, los bienes enumerados a continuación:

a) Cuadros, collages y cuadros de pequeño tamaño similares, pinturas y dibujos, realizados totalmente a mano por el artista, con excepción de los planos de arquitectura e ingeniería y demás dibujos industriales, comerciales, topográficos o similares, de los artículos manufacturados decorados a mano, de los lienzos pintados para decorados de teatro, fondos de estudio o usos análogos (código NC 9701).

b) Grabados, estampas y litografías originales de tiradas limitadas a 200 ejemplares, en blanco y negro o en color, que procedan directamente de una o varias planchas totalmente ejecutadas a mano por el artista, cualquiera que sea la técnica o la materia empleada, a excepción de los medios mecánicos o fotomecánicos (código NC 9702 00 00).

c) Esculturas originales y estatuas de cualquier materia, siempre que hayan sido realizadas totalmente por el artista; vaciados de esculturas, de tirada limitada a ocho ejemplares y controlada por el artista o sus derechohabientes (código NC 9703 00 00).

d) Tapicerías (código NC 5805 00 00) y textiles murales (código NC 6304 00 00) tejidos a mano sobre la base de cartones originales realizados por artistas, a condición de que no haya más de ocho ejemplares de cada uno de ellos.

e) Ejemplares únicos de cerámica, realizados totalmente por el artista y firmados por él.

f) Esmaltes sobre cobre realizados totalmente a mano, con un límite de ocho ejemplares numerados y en los que aparezca la firma del artista o del taller, a excepción de los artículos de bisutería, orfebrería y joyería.

g) Fotografías tomadas por el artista y reveladas e impresas por el autor o bajo su control, firmadas y numeradas con un límite de treinta ejemplares en total, sean cuales fueren los formatos y soportes.


######### IMPUESTO DE SOCIEDADES #########

TÍTULO VI. DEUDA TRIBUTARIA.
CAPÍTULO I. TIPO DE GRAVAMEN Y CUOTA ÍNTEGRA.


Artículo 28. El tipo de gravamen.
1. El tipo general de gravamen para los sujetos pasivos de este impuesto será el 35 %.
(Continuar leyendo el artículo completo)

CAPÍTULO XII INCENTIVOS FISCALES PARA LAS EMPRESAS DE REDUCIDA DIMENSIÓN

Artículos del 108 al 113
No afecta

Artículo 114
Tipo de gravamen de entidades de reducida dimensión.

El artículo 114 del RDL 4/2004 establece que las empresas de reducida dimensión tributarán:

- Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 euros, al tipo del 25 por ciento.
- Por la parte de base imponible restante, al tipo del 30 por ciento.

Cuando el período impositivo tenga una duración inferior al año, la parte de la base imponible que tributará al tipo del 25 por ciento será la resultante de aplicar a 120.202,41 euros la proporción en la que se hallen el número de días del período impositivo entre 365 días, o la base imponible del período impositivo cuando esta fuera inferior.

Posted by artegory | Comments(0) Modified: September 22, 2008 | Topics: Artistas | General
Cómo embalar obras de arte y transportarlas June 28, 2008

[Post en construcción]
Este manual te mostrará cómo embalar y transportar obras de arte, empezaremos con los medios mas económicos para finalizar con empresas especializadas.

Lo primero es analizar que es lo que se quiere embalar, no es lo mismo un lienzo sólo, un lienzo con marco, una tabla, un metacrilato que se suele usar para fotografías o una escultura, cada una necesitara su propio embalaje que se adecue a proteger al máximo la obra.
La protección que se le quiera dar a la obra viene determinado por las distancias que recorran, no es lo mismo enviar una obra dentro de la propia ciudad que enviarlo internacionalmente, a mayor distancia se necesitara una mayor protección de la obra.
Recomendamos leer este manual completo antes de empezar a embalar y luego seguir paso por paso las explicaciones y ante cualquier duda consultarnos.

Vamos a ver diferentes tipos de envíos e indicar para qué tipo de obras son válidos.

Envío en tubo (Para obras que puedan enrollarse sin estropear)
Seguramente este sea el método más económico tanto para enviar una obra como para embalar. Sólo se podrá aplicar en obras que no se estropeen al doblarlas ya que el sistema consiste en doblar la obra 'tipo rollo' para luego introducirla en un tubo duro aislante, si no es lo suficientemente duro siempre se puede meter en una caja con algunos de los materiales de rellenos que luego veremos

Caja de madera o también llamada jaula de madera (Para obras con y sin marco, metacrilato y esculturas pequeñas y medianas)
0Éste es un método clásico en el que la obra va bien protegida, la espuma que se utilice deberá ni muy consistente ni muy blanda para que quede bien sujeto y no se mueva pero que amortigüe, el grosor de las paredes de la caja variara del tipo de material, el objetivo es que no se atraviese, existen alternativas menos pesadas que la madera como el md o el cartón duro.
Si eres de los que les gusta hacerlo por ti mismo en el siguiente video puedes ver el proceso de construcción, igualmente recomendamos que lo haga o se lo encargue a un especialista para que la caja sea consistente.



Caja de cartón (Para obras con y sin marco, metacrilato y esculturas pequeñas y medianas)
A pesar de que en madera resulte mas seguro, también es más caro por ser más pesado y el material mas costoso, de todas formas se pueden conseguir buenos resultados.


Material de relleno (Pueden combinarse unos con otros siempre y cuando la obra no se mueva)

El conocido papel burbujas: Da buen resultado cuando la obra se puede envolver y cuando se da varias vueltas para que quede bien acolchado.

Bolsas de aire: Podrían valer para cajas que no se perforen para evitar el pinchado.

0Burbujas de poliestireno con cuidado de que quede bien sujeto ya que dependiendo del interior, éste se puede mover si no se hace bien, por lo que mejor utilizar otros sistemas, de todas formas intenta usar relleno ecológico ecológico





El Instapak Quick RT: Es una espuma que viene en una bolsa que se infla y se adapta al uso que le quieras dar, es muy cómodo y rápido, además la obra queda protegida, para hacerse mejor una idea abajo podemos ver un video instructivo. Me gustaría añadir que en el video utilizan una caja de cartón y sería mejor una caja de madera sobretodo para envíos internacionales. Por otra parte hay que fijarse en si el producto es Instapak Quick o Instapak Quick RT ya que para el primero se necesita un calentador como es el caso del video. Al final del video hace una excepción para lienzos que se recomienda guardar en una caja para que la espuma no dañe el lienzo, queremos hacer otra también para las esculturas.



Protección extra
Contra humedad

Dependiendo el destino de la obra y como viaje, y teniendo una obra delicada, especialmente esculturas de metal, no estaría de mas protegerla ante humedades o similares, existen cajas aisladas, bolsas, saquitos absorbentes, en el caso de la caja hay que pedirla o fabricarla con aislantes y las bolsas y saquitos ambos son relativamente fáciles de encontrar, una web que tiene bastante es Mecalux

Contra imprevistos
Existen compañías aseguradoras que cubren tanto desperfectos, como robos etc.. Seguramente la propia agencia de transportes tenga su propia aseguradora, suelen comprar un % sobre el valor declarado de la obra, hay que tener cuidado porque luego revisaran si fue bien embalado, para estar seguros lo mejor es una caja de madera.
Nosotros hemos trabajado con axa-art patrocinadores del I Concurso Artegory.com un marco se estropeó y sin problemas lo remplazaron, personalmente les recomendamos.

Curiosidad: Un video de como se mueven las obras de grandes dimensiones


Empresas especializadas
Alcoarte - Madrid
Transportes de Arte - Barcelona
RBA - Nueva York
Mudanzas de Arte - Cáceres
Manterola - Bilbao - Madrid - Vigo - Colonia (Alemania) - Lisboa (Portugal)
[Hasenkamp - Colonia (Alemania)
Tti Transport - Barcelona

Posted by artegory | Comments(0) Modified: June 28, 2008 | Topics: Artistas | Manuales y cursos
Intercambios para artistas June 23, 2008

Hace un par de semanas recibimos un correo que tal vez le pueda interesar a alguien, pienso que es una oportunidad:

"Estimado Gabriel, estaba interesada en hacer un intercambio, estoy cursando la especialidad de escultura y alfarería y tambien fui durante muchos años añumna de Juan Marches. Por mi parte no tendría inconveniente en alojar a alguien que quiera hacer el intercambio. Me interesa como experiencia, si conoce a alguien que le pueda interesar, le ruego me lo notifique.
Un saludo desde Argentina Mariela"

Hemos abierto un grupo para la gente que este interesada en intercambios, creemos que es una buena manera de enriquecerte y conocer nuevas culturas, estilos etc.. El grupo se llama intercambios culturales

Aprovechamos para avisaros de la convocatoria de ayudas a la movilidad internacional de creadores para los ciudadanos de Madrid

"Está abierto el plazo de solicitud de Ayudas a la movilidad internacional de creadores. Matadero Madrid, convocadas por el Área de Gobierno de las Artes del Ayuntamiento de Madrid. Cierre del plazo: 20 de junio

Es objeto de la presente convocatoria para la concesión de ayudas a la movilidad internacional, de creadores y sujetos implicados en la creación artística madrileña, para la ampliación de estudios, la investigación, y la realización, producción y desarrollo de proyectos de creación en el exterior.

Los fines y objetivos de estas ayudas, son brindar a los creadores y profesionales de la cultura de la ciudad de Madrid, la oportunidad de enriquecer su trabajo mediante su integración en otros contextos, contribuir al intercambio cultural y favorecer la proyección internacional de la creación madrileña en todos sus ámbitos. Las ayudas están destinadas a facilitar la movilidad para la organización o participación en proyectos de:

- Formación artística y humanística en instituciones especializadas internacionales.
- Producción de proyectos de creación contemporánea en instituciones especializadas internacionales.
- Promoción y difusión de los creadores y la creación madrileña en eventos, acciones, iniciativas y redes internacionales."
Seguir leyendo en munimadrid.es

Posted by artegory | Comments(0) Modified: June 23, 2008 | Topics: Artistas | Cultura
Cuestionario para entrevistas a artistas June 23, 2008

Presentación:
Nos gustaría conocerte, ¿como te describirías en pocas palabras?
¿Cuales son tus inquietudes? ¿Las transmites en tu obra?
¿De donde viene tu interés por el arte?

Carrera:
¿Siempre te has dedicado al arte o fue posteriormente? ¿Qué te hizo cambiar?
¿Tuviste profesores que te ayudaron en tu desarrollo artístico o aprendiste de manera autodidacta?
¿Cuál sería tu primer hito en tu carrera artística?
¿Qué te gustaría decirle al mundo con tu obra?

Proyecto:
¿Nos podrías contar un poco detalladamente el proceso desde que te propones crear una nueva obra hasta que la finalizas?
¿Nos podrías hablar un poco de tu próximo trabajo?

Otros comentarios o preguntas que te gustaría incluir...

Recuerda actualizar tu currículum y subir una foto tuya a tu perfil, simplemente una vez registrado pulsa en tu nombre de usuario que se encuentra arriba a la derecha detras de Bienvenido o directamente desde aqui

Una vez que esté todo relleno envíanos este cuestionario a info@artegory.com para poder incluirlo.
Si no es publicado siempre puedes ponerlo en biografía.
Muchas gracias

Posted by artegory | Comments(0) Modified: June 23, 2008 | Topics: Artistas

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